IUSera
Registro digital 2001259 · Tesis aislada · 10a. Época · X.7 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES DE DISTINTA JURISDICCIÓN CUANDO ACTÚAN COMO JUZGADORES DE COMPETENCIA ORDINARIA. CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE TENGA JURISDICCIÓN RESPECTO DEL JUZGADO DE DISTRITO QUE PREVINO EN EL CONOCIMIENTO DEL JUICIO.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 37, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es competente para resolver los conflictos competenciales que se susciten en juicios de amparo, entre Tribunales Unitarios o entre Jueces de Distrito de distinta jurisdicción, el Tribunal Colegiado de Circuito en cuya jurisdicción resida el Juez de Distrito que previno; sin embargo, dicha disposición no prevé los conflictos de competencia que se susciten entre Jueces de Distrito, cuando el conflicto derive de un proceso penal federal; no obstante ello, el Acuerdo General Número 5/2001 del Pl...

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