IUSera
Registro digital 2001257 · Tesis aislada · 10a. Época · I.11o.C.4 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

COMPETENCIA EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO INCAUSADO Y ALIMENTOS. ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR Y AL PRINCIPIO PRO HOMINE EN EL EXAMEN DE LOS DERECHOS HUMANOS, DEBE PREVALECER LA REGLA DE COMPETENCIA ESPECIAL A FAVOR DEL ACTOR O ACREEDOR ALIMENTARIO, SOBRE LA GENÉRICA QUE ATIENDE AL DOMICILIO CONYUGAL DE LOS DIVORCIANTES.

Civil y Familiar Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 156 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y 1.42. del Estado de México, en sus respectivas fracciones XII y XIII, coinciden en señalar que para decidir en los juicios de divorcio, es Juez competente el del domicilio conyugal; y en los juicios de alimentos, el Juez del domicilio del actor o del acreedor alimentario. Ahora bien, aunque existe norma idéntica en ambos ordenamientos tratándose del juicio de divorcio (atender al domicilio conyugal); no es dable fincar la competencia sobre esa regla, cuando también se ejerce la acción de alimentos, de la que se a...

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