IUSera
Registro digital 2001239 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.A.16 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

APODERADOS ADUANALES. AL TENER EL CARÁCTER DE "MANDATARIOS" DE LOS IMPORTADORES Y EXPORTADORES, DEBE CONSIDERÁRSELES RESPONSABLES SOLIDARIOS DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR Y DE LAS DEMÁS CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS QUE SE CAUSEN CON MOTIVO DEL DESPACHO ADUANERO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 53, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE LA MATERIA.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El artículo 53 de la Ley Aduanera -en sus distintas fracciones- establece que son responsables solidarios del pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones, así como de las cuotas compensatorias que se causen con motivo del despacho aduanero, entre otros sujetos, los "mandatarios" (fracción I) y los "agentes aduanales y sus mandatarios autorizados" (fracción II). Ahora bien, la interpretación literal y teleológica de esas porciones normativas, así como el examen de las reformas a la citada ley sobre el tema, permite concluir que a los "apoderados aduanales" debe cons...

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