IUSera
Registro digital 2001238 · Tesis aislada · 10a. Época · I.5o.C.4 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

APELACIÓN PREVENTIVA EN MATERIA MERCANTIL. LA EXPRESIÓN DE AGRAVIOS PUEDE HACERSE, INDISTINTAMENTE, EN EL ESCRITO DEL RECURSO QUE SE INTERPONE CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA COMO EN EL QUE SE PRESENTA POR SEPARADO RESPECTO DE VIOLACIONES PROCESALES.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El análisis de los párrafos segundo y tercero del artículo 1344 del Código de Comercio exige a los vencidos o a quienes no obtuvieron todo lo que pidieron en un juicio mercantil, exponer agravios en relación con las violaciones procesales que aduzcan tanto en escrito por separado al tramitar la apelación preventiva, como al interponer la apelación contra la sentencia definitiva. Lo anterior revela una exigencia redundante para los afectados por una violación procesal ocurrida dentro de ese tipo de asuntos, puesto que la interpretación armónica y sistemática de lo previsto en los párrafos sexto...

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