IUSera
Registro digital 2001216 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.1o.A.T.5 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

ACLARACIÓN DE SENTENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 304 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO. NO PUEDE IMPUGNARSE EN AMPARO DIRECTO DE FORMA AUTÓNOMA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De acuerdo con el artículo 304 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato y con el criterio asumido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 2a./J. 111/2011, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, agosto de 2011, página 235, de rubro: "ACLARACIÓN DE SENTENCIA PREVISTA POR EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA OPORTUNIDAD PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.", la aclaración de...

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