IUSera
Registro digital 2001179 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CXXVIII/2012 (10a.) · Primera Sala

REVISIÓN. ES IMPROCEDENTE ESTE RECURSO CONTRA LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN JUICIOS DE AMPARO DIRECTO, EN RELACIÓN CON LOS CUALES EJERCIÓ SU FACULTAD DE ATRACCIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De los artículos 107, fracciones V y IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 83, fracción V, párrafos primero y segundo, de la Ley de Amparo, 10, fracción III, y 21, fracción III, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se advierte que el recurso de revisión procede por excepción en contra de las sentencias dictadas en los juicios de amparo directo por los tribunales colegiados de circuito, cuando a juicio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación entrañen la fijación de un criterio de importancia y trascendencia, limitándose la materia de...

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