PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL. PARA SU INTEGRACIÓN NO ES OBLIGATORIO QUE SEA COLEGIADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Texto de la tesis
Del estudio comparativo de lo que disponían los artículos 353 y 355 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, previo a su reforma, contenida en el decreto 15766, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, en vigor a partir del treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y cinco, se colige que la prueba pericial dejó de ser colegiada, ya que las partes tienen la facultad de nombrar perito sin que ello constituya una obligación para la integración de este medio de convicción, lo que se corrobora con la...
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