IUSera
Registro digital 2001126 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.5o.(III Región) 5 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE RESUELVE UN INCIDENTE DE RECUSACIÓN EN UN PROCEDIMIENTO SEGUIDO EN FORMA DE JUICIO POR LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De acuerdo con la fracción II del artículo 114 de la Ley de Amparo, el juicio de garantías biinstancial procede contra actos que no provengan de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo; sin embargo, esa hipótesis no se actualiza tratándose de la interlocutoria que resuelve un incidente de recusación por la Comisión Federal de Competencia, porque tal resolución no genera una afectación imposible de reparar, pues sólo tiene efectos intraprocesales, en la medida en que las partes no resienten una afectación grave o trascendental en sus derechos subjetivos, concretamente en el de defe...

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