DELINCUENCIA ORGANIZADA. NO SE CONFIGURA DICHO DELITO CUANDO LA FINALIDAD DEL GRUPO ES LA DE IDENTIFICAR O LOCALIZAR A VENDEDORES DE DROGA O DELINCUENTES, PARA EXTORSIONALOS POR QUIENES SE OSTENTAN COMO POLICÍAS, PORQUE LA EXTORSIÓN NO ES UNO DE LOS ILÍCITOS QUE COMO PROPÓSITO O FINALIDAD ESPECÍFICA DE REALIZACIÓN SE EXIGE POR AQUELLA DESCRIPCIÓN TÍPICA.
Texto de la tesis
La finalidad que debe existir en los miembros de la agrupación respecto del propósito de cometer algunos de los delitos que limitativamente se prevén en el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, constituye un elemento subjetivo específico distinto del dolo, que resulta indispensable y que no puede ser arbitrariamente sustituido por la presencia de fines distintos, como serían los de cometer posibles conductas ilícitas de diversa índole, pues en tal caso pudiera estarse en presencia de una diversa figura, como por ejemplo, la llamada asociación delictiva, pero no en l...
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