CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. LOS ÓRGANOS CON FUNCIONES JURISDICCIONALES, AL EJERCERLO EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES, DEBEN ASEGURAR EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL GOBERNADO Y SUPRIMIR AQUELLAS PRÁCTICAS QUE TIENDAN A DENEGARLOS O LIMITARLOS.
Texto de la tesis
Los tribunales del Estado Mexicano, en asuntos sometidos a su consideración y tratándose de los derechos humanos, están obligados a ejercer el control de convencionalidad; esto es, no deben limitarse a aplicar sólo las leyes locales, sino también la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados, convenciones, pactos o acuerdos celebrados por México, conforme a la jurisprudencia emitida por los tribunales internacionales que los interpretan. En ese sentido, los órganos con funciones jurisdiccionales, al ejercer dicho control, deben suprimir aquellas prácticas que tiendan a...
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