INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SI LAS SEMANAS COTIZADAS EN EL RÉGIMEN OBLIGATORIO RESULTAN INVEROSÍMILES, LA JUNTA DEBE RESOLVER SOBRE SU RAZONABILIDAD, APARTÁNDOSE DE RESULTADOS FORMALISTAS Y APRECIANDO LOS HECHOS EN CONCIENCIA, SIN QUE SEA NECESARIO QUE AQUÉL OPONGA DEFENSA AL RESPECTO.
Texto de la tesis
Tratándose del pago de una pensión, la carga de la prueba sobre las semanas cotizadas corresponde al Instituto Mexicano del Seguro Social, por ser quien cuenta con la información relativa a los movimientos afiliatorios del asegurado a través de la hoja de certificación de vigencia de derechos, en términos de los artículos 78, fracción III, inciso d) y 150, fracción XVII, inciso d), del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social derogado; pero ante la falta de acreditación de dicho presupuesto en el juicio, deben tenerse por ciertas las cotizaciones mencionadas...
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