IUSera
Registro digital 2000891 · Tesis aislada · 10a. Época · III.3o.(III Región) 1 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

REVISIÓN ADHESIVA EN AMPARO INDIRECTO. EL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO, COMO ÓRGANO JURISDICCIONAL, CARECE DE LEGITIMACIÓN E INTERÉS JURÍDICO PARA INTERPONERLA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 83 de la Ley de Amparo establece los supuestos en que procede el recurso de revisión, entre otros, contra las sentencias dictadas en la audiencia constitucional por los Jueces de Distrito o por el superior del tribunal responsable, en los casos a que se refiere el artículo 37 de esa ley, pudiendo la parte que obtuvo resolución favorable a sus intereses adherirse a la revisión así interpuesta por el recurrente. De ello se concluye que únicamente se legitima para promover el recurso mencionado a las personas que tuvieron intervención en el juicio de garantías, es decir, a aquellas a...

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