PRINCIPIO PRO HOMINE. EN ATENCIÓN A ÉSTE, SI LA CONTROVERSIA MOTIVO DEL AMPARO INVOLUCRA UN CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE MATERIAS QUE ADOPTAN EL ESTRICTO DERECHO Y LA SUPLENCIA DE LA QUEJA, Y ESTÁN EN JUEGO LOS DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS DE UN SERVIDOR PÚBLICO FALLECIDO, DEBE ESTARSE A LO MÁS FAVORABLE AL QUEJOSO.
Texto de la tesis
Cuando en vía de amparo se impugne un conflicto competencial en el que se involucren las materias que adoptan el estricto derecho (administrativa) y la suplencia de la queja (laboral) y estén en juego los derechos de los beneficiarios de un servidor público fallecido, conforme al principio pro homine, inmerso en el artículo 1o., párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por tratarse de derechos que se plantearon en un primer momento bajo una connotación de seguridad social, ante la deficiencia, e inclusive, la ausencia de conceptos de violación o agravios,...
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