IUSera
Registro digital 2000815 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 49/2012 (10a.) · Primera Sala

INTERDICTOS DE OBRA NUEVA Y DE OBRA PELIGROSA. SON IMPROCEDENTES TRATÁNDOSE DE CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES RELACIONADAS CON EL TENDIDO DE DUCTOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Civil y Familiar Energía y Minería
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Texto de la tesis

Los interdictos de obra nueva y de obra peligrosa previstos en los artículos 18 y 19 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, respectivamente, son improcedentes tratándose de construcciones e instalaciones relacionadas con el tendido de ductos para la distribución de gas natural. Lo anterior es así, porque dichas acciones están diseñadas para dirimir controversias entre particulares sin afectar actos ni competencias de las autoridades administrativas; por tanto, si tales obras tienen como sustento un permiso otorgado por el Estado Mexicano, a través de la Secretaría de Energ...

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