SEGURO SOCIAL. LAS SOLICITUDES DE LICENCIAS FIRMADAS TANTO POR EL TRABAJADOR COMO POR LOS FUNCIONARIOS DE ESE INSTITUTO QUE LAS AUTORIZAN MEDIANTE SU VISTO BUENO, PRESUMEN QUE AQUÉL GOZÓ DE ELLAS, SALVO PRUEBA EN CONTRARIO.
Texto de la tesis
El enunciado consistente en que el trabajador gozó de licencias y, por tanto, la antigüedad reclamada al Instituto Mexicano del Seguro Social no debe ser reconocida en los términos pretendidos, lo que éste opuso como excepción al contestar la demanda promovida en su contra por aquél, tiene sustento probatorio en las solicitudes de licencia presentadas en juicio, firmadas tanto por el trabajador como por los funcionarios del referido instituto que las autorizan mediante su visto bueno, ya que debe partirse de la hipótesis de que la solicitud de licencia conlleva que el trabajador requiera de su...
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