IUSera
Registro digital 2000644 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 10/2012 (10a.) · Primera Sala

RECONVENCIÓN. CONTRA SU DESECHAMIENTO NO PROCEDE EL RECURSO DE QUEJA (LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL DE LOS ESTADOS DE MORELOS, MÉXICO, CHIAPAS, PUEBLA -ABROGADA-, Y JALISCO, VIGENTE ANTES DE LA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La demanda y la reconvención gozan de una misma naturaleza jurídica, pues ambas derivan del derecho genérico del que todo sujeto goza para acceder a los tribunales para plantear una pretensión o defenderse de ella, a través de un proceso en el que se observen ciertas formalidades esenciales. Lo anterior es así, porque la reconvención es un acto procesal de petición mediante el cual el demandado deduce contra el actor una acción propia, independiente o conexa con la que es materia de la demanda, a fin de que ambas se sustancien y decidan simultáneamente en el mismo proceso. Sin embargo, no pued...

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