PRINCIPIO DE ORALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. IMPLICA QUE SE DÉ PREVALENCIA EN EL JUICIO A LA PALABRA HABLADA, SIN EXCLUIR A LA FORMA ESCRITA QUE LA COMPLEMENTA.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, el procedimiento laboral es predominantemente oral, lo que implica que se dé prevalencia a la palabra hablada, lo que obliga a las partes a comparecer durante las diversas etapas y externar las manifestaciones que estimen necesarias para su adecuada defensa. Por su parte, el artículo 721 de la citada ley, precisa, en lo que interesa, que lo actuado en las audiencias se hará constar en actas, las que deberán ser firmadas por las personas que en ellas intervinieron, y que todas las actuaciones procesales serán autorizadas por el secretario,...
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