IUSera
Registro digital 2000614 · Jurisprudencia · 10a. Época · VII.2o.A. J/1 (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PEDIMENTO ADUANAL. PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA DEL. NO ACTUALIZA LA INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 180-A, DE LA LEY ADUANERA.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

Conforme con lo dispuesto en el artículo 180-A de la Ley Aduanera, la conducta de uso indebido de funciones dentro del recinto fiscal se actualiza cuando se realiza cualquier diligencia dentro de dicho recinto sin autorización expresa de las autoridades aduaneras; de manera que el hecho de presentar ante la aduana el pedimento de importación en un horario no laborable, sin contar con permiso de servicio extraordinario, no actualiza la hipótesis de uso indebido de funciones dentro del recinto fiscal, pues la sola presentación del pedimento no constituye una diligencia o actuación. SEGUNDO TRIBU...

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