IUSera
Registro digital 2000545 · Tesis aislada · 10a. Época · XXI.1o.P.A.4 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CRÉDITOS FISCALES. EL CONSORTE DE UNA SOCIEDAD CONYUGAL AJENO A LA DETERMINACIÓN RELATIVA, CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNARLOS, PORQUE LO QUE PUEDE AFECTARLE SON LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN CORRESPONDIENTE.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De la interpretación armónica de los artículos 1o., 4o. y 6o. del Código Fiscal de la Federación, se colige que la naturaleza jurídica de los créditos fiscales es la de una determinación estrictamente individual y personalísima, que conforma una situación equiparable a un corte de caja o arqueo en que se impone exclusivamente al contribuyente una cantidad a pagar, ya sea por el faltante de tributación que debió enterar o por sus accesorios y las sanciones a que pudiera hacerse acreedor por su conducta infractora. En ese sentido, la figura de la sociedad conyugal no puede generar interés jurídi...

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