IUSera
Registro digital 2000520 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 30/2012 (10a.) · Segunda Sala

CONCURSOS DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO Y JUECES DE DISTRITO. EL JURADO ES EL ÚNICO ÓRGANO FACULTADO PARA VALORAR LOS FACTORES GENERALES.

Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El segundo párrafo de la fracción III del artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que para llevar a cabo la evaluación en los concursos de oposición para la designación de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, el Jurado, integrado en términos del diverso numeral 117 de la propia ley, considerará los cursos realizados por el sustentante en el Instituto de la Judicatura Federal, la antigüedad en el Poder Judicial de la Federación, el desempeño, el grado académico y los cursos de actualización y especialización que haya acreditado. De lo anterior se a...

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