IUSera
Registro digital 2000501 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.C.6 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

APELACIÓN. LA CITA EQUIVOCADA DE LA FECHA DE LA SENTENCIA IMPUGNADA NO ES MOTIVO SUFICIENTE PARA DESECHAR DICHO RECURSO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El hecho de que en el escrito de interposición del recurso de apelación se indique equivocadamente la fecha de la sentencia impugnada, no es motivo suficiente para desecharlo, siempre que de la simple lectura de los agravios se advierta que dicho medio de impugnación se interpuso contra la sentencia definitiva dictada en el juicio natural, toda vez que la interpretación y aplicación de la ley no pueden ser tan rígidas que hagan nugatorios los derechos de defensa de los gobernados previstos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, máxime si en el jui...

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