IUSera
Registro digital 2000480 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 24/2012 (10a.) · Segunda Sala

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. LA GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN DE SUS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEBE CALCULARSE CON BASE EN EL SALARIO INTEGRADO.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

De la interpretación sistemática de las cláusulas 76, inciso 1), y 4, apartado 11, del Contrato Colectivo de Trabajo, celebrado por la Universidad Nacional Autónoma de México y el Sindicato de Trabajadores de dicha institución, para los bienios 2006-2008 y 2008-2010, se colige que la gratificación por jubilación referida en la cláusula citada en primer término, a cuyo pago se obligó dicha institución en favor de sus trabajadores administrativos que se jubilen, se cubre a razón de ciertos días de salario por cada año de servicios prestados, y debe calcularse con base en el salario integrado, pu...

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