IUSera
Registro digital 2000448 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XLVIII/2012 (10a.) · Primera Sala

RENTA. EL ARTÍCULO 90, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ESTABLECE LA FACULTAD DISCRECIONAL DE LA AUTORIDAD FISCAL PARA APLICAR LOS COEFICIENTES RESPECTIVOS A LOS INGRESOS BRUTOS DECLARADOS O A LOS DETERMINADOS PRESUNTIVAMENTE.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El citado precepto en la porción normativa señalada establece que las autoridades fiscales, para determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, podrán aplicar a los ingresos brutos declarados o determinados presuntivamente, el coeficiente de 20% o el que corresponda dependiendo de un catálogo de actividades de los contribuyentes. Ahora, de la interpretación sistemática del señalado numeral con los diversos 10, 121, 122, 130, 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 6, 42, 55, 56, 59, 61, del Código Fiscal de la Federación, se concluye que el vocablo "podrán", utilizado...

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