IUSera
Registro digital 2000397 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.A.10 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

NOTARIOS PÚBLICOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA).

Constitucional y Amparo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme a la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, los notarios tienen una función de orden público, toda vez que actúan por delegación del Estado, con el objeto de satisfacer necesidades de interés social como son la autenticidad, certeza y seguridad jurídica de los actos y hechos jurídicos; aunado a que son los propios particulares quienes acuden a solicitar la prestación de los servicios notariales y quienes pagan por éstos; por tanto, la actividad notarial no constituye una relación de supra a subordinación entre el notario y el gobernado, ni tiene los efectos de crear, modificar...

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