HORAS EXTRAORDINARIAS. PARA LA PROCEDENCIA DE SU PAGO NO ES INDISPENSABLE EXPRESAR EN LOS HECHOS DE LA DEMANDA CUÁNDO COMENZABA Y CUÁNDO CONCLUÍA LA JORNADA EXTRAORDINARIA.
Texto de la tesis
De los artículos 58 a 61 y 66 a 68 de la Ley Federal del Trabajo se advierte que la jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo; que existen tres tipos de jornadas de trabajo, a saber: a) diurna; b) nocturna; y, c) mixta; y que el trabajador y el patrón fijarán su duración, sin que pueda exceder de los máximos legales, pues de acontecer ello se considerará tiempo extraordinario, al actualizarse la hipótesis de prolongación de la jornada por circunstancias extraordinarias prevista en el artículo 66, lo cual dará derecho al...
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