JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE OAXACA. CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER EL RECURSO DE QUEJA CONTRA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DECRETADA POR EL JUEZ DE DISTRITO PARA QUE NO SE EJECUTE LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE UNA HUELGA.
Texto de la tesis
La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca, carece de legitimación para inconformarse contra la suspensión provisional decretada por el Juez de Distrito respecto a la ejecución de la declaratoria de inexistencia de huelga, cuyo efecto estriba en que las cosas se mantengan en el estado que guardan, es decir, subsista la paralización de labores; precisamente porque tal medida no causa una afectación real y directa a los intereses, derechos o atribuciones de aquélla y, por tanto, carece de legitimación para interponer el recurso de queja en el caso previsto en el artículo 95,...
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