IUSera
Registro digital 2000236 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 7/2012 (10a.) · Segunda Sala

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. EL FONDO DE AHORRO ES PARTE INTEGRANTE DEL SALARIO PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD DE SUS TRABAJADORES QUE SE JUBILAN POR AÑOS DE SERVICIOS.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

De las cláusulas 1, 59 bis, 93 y 144 del contrato colectivo de trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social vigente de 1999 a 2009, se colige que el fondo de ahorro integra el salario de los trabajadores para efectos del pago de la prima de antigüedad, al jubilarse por años de servicios, ya que acorde con las citadas cláusulas 1 y 93, el salario obtenido por el trabajador como retribución por sus servicios se integra con los pagos hechos en efectivo y cualquier otra cantidad o prestación que se le entregue a cambio de...

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