DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES HACENDARIAS EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SE CIRCUNSCRIBE A LA MATERIA FISCAL.
Texto de la tesis
De conformidad con el referido numeral las autoridades hacendarias están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan de conformidad con las leyes fiscales, dentro de las cuales se encuentra la devolución de saldos a favor, ante la premisa de la existencia de una relación jurídico tributaria. En ese sentido, las cantidades pagadas indebidamente son aquellas que el sujeto pasivo o un tercero entera al fisco, sin estar obligado a hacerlo, y que generalmente se derivan por un error aritmético en el cálculo de la contribución o por una incorrecta interpretación y ap...
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