PRUEBA CONFESIONAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA DETERMINACIÓN DE LA JUNTA QUE LA DESECHA BAJO EL ARGUMENTO DE QUE NO PUEDEN PROPONERSE MÁS DE TRES ABSOLVENTES PARA CADA HECHO CONTROVERTIDO, ES VIOLATORIA DE GARANTÍAS (INAPLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 813, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
Texto de la tesis
El artículo 787 de la Ley Federal del Trabajo dispone que las partes pueden solicitar que se cite a absolver posiciones personalmente a los directores, administradores, gerentes y, en general, a las personas que ejerzan funciones de dirección y administración en la empresa o establecimiento, cuando los hechos que dieron origen al conflicto les sean propios y se les hayan atribuido en la demanda o contestación, o bien, que por razones de sus funciones les deban ser conocidos; por su parte, el artículo 813, fracción I, de la ley en cita establece que sólo puede ofrecerse un máximo de tres testig...
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