IUSera
Registro digital 2000122 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.1 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. SI EN DIVERSO LAUDO SE DECLARÓ PROCEDENTE RESPECTO DE CIERTAS PRESTACIONES Y NO SE IMPUGNÓ OPORTUNAMENTE, ES LEGAL LA DETERMINACIÓN DE LA JUNTA QUE LA HACE EXTENSIVA EN UNO NUEVO EN RELACIÓN CON OTRAS PRESTACIONES, SI AQUÉLLA SE OPUSO DE MANERA GENERAL RESPECTO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS RECLAMOS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si en un diverso laudo al que se reclama, la Junta declaró procedente la excepción de prescripción opuesta en términos del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo respecto de ciertas prestaciones, sin haber sido impugnada tal cuestión oportunamente, es legal su proceder de hacer extensiva en el nuevo laudo dicha excepción en relación con otros reclamos, atendiendo al principio de congruencia que todo fallo debe contener, si ésta se opuso en forma general, es decir, respecto de todas y cada una de las prestaciones, toda vez que resultaría ilógico tener prescrita la reclamación a un año anter...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.