IUSera
Registro digital 2000113 · Tesis aislada · 10a. Época · II.4o.C.1 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

NULIDAD DE UN CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO. CUANDO SUS CAUSAS DE INVALIDEZ DERIVEN DE LA NULIDAD DE DOS ACTOS JURÍDICOS DE NATURALEZA EMINENTEMENTE CIVIL DEBE TRAMITARSE EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL.

Civil y Familiar Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El contrato de apertura de crédito es de naturaleza mercantil, máxime cuando en él participa una institución de crédito; hipótesis en la que tiene la característica de ser un contrato bancario, de conformidad con los artículos 1o., 291 a 301 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, 75, fracciones XIV y XXIV, del Código de Comercio, y 46, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Crédito, por lo que lo relativo a él debe tramitarse en la vía ordinaria mercantil en términos del artículo 1049 del Código de Comercio. Sin embargo, cuando se reclame su nulidad en vía de consecuencia,...

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