IUSera
Registro digital 2000033 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 11/2011 (10a.) · Segunda Sala

SENTENCIAS DICTADAS POR LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. EL REQUISITO DE VALIDEZ CONSISTENTE EN QUE LAS FIRMEN TODOS LOS MAGISTRADOS QUE LAS PRONUNCIEN SE COLMA, EN LOS CASOS EN QUE SE EMITAN POR MAYORÍA, CON LA FIRMA QUE CALZA EL VOTO PARTICULAR DEL DISIDENTE.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Conforme al artículo 219 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo -ante la falta de regulación expresa en esta norma especial-, las resoluciones dictadas por las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deben firmarlas todos los Magistrados que las pronuncien y autorizarlas el Secretario de Acuerdos correspondiente. Ahora bien, la formalidad mencionada se colma, en los casos en que el fallo se emita por mayoría, si el disidente ejerce su facultad de formular voto particul...

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