IUSera
Registro digital 2000029 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.C.2 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

REMATE. CUANDO EL EJECUTANTE PARTICIPA COMO POSTOR DEBE PAGAR EL PRECIO DE LA POSTURA APROBADA.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la intelección de los artículos 575 y 582 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se desprende que la adjudicación al ejecutante del inmueble al precio del avalúo opera sólo cuando no existen postores y así lo pide en el momento de la diligencia; por tanto, cuando el ejecutante participa en ella como postor para mejorar las propuestas hechas, no queda obligado a pagar el inmueble conforme al precio fijado en el avalúo, sino conforme al precio de la postura aprobada por el Juez; lo anterior es así, pues no existe una razón jurídica para considerar que aun cuando el eje...

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