PAGARÉ. LA FIRMA DEL SUSCRIPTOR CONSTITUYE LA MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE ASUMIR LA OBLIGACIÓN CONTENIDA DENTRO DE ESE TÍTULO DE CRÉDITO, POR TANTO, LOS TEXTOS O FRASES POSTERIORES A ELLA NO FORMAN PARTE DEL MISMO.
Texto de la tesis
La firma de la persona que suscriba un pagaré o de la a quien ordena que lo haga a su ruego o en su nombre, es signo demostrativo de la voluntad de cumplir con la obligación consignada dentro del documento, lo cual hace evidente que sería contrario a la lógica tener por válidos y aceptados los textos o frases posteriores a la misma; de manera tal que si después del apartado relativo a la firma del título exhibido (debajo de la que lo calza), se advierte la existencia de la leyenda "acepto las condiciones del contrato recibí mercancía de conformidad" u otra equivalente, tal agregado no puede ll...
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