AVISO DE RESCISIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO. CUANDO EL TRABAJADOR SE NIEGA A FIRMAR DE RECIBIDO, SE DEBE ACUDIR ANTE LA JUNTA.
Texto de la tesis
Si el patrón aduce que el trabajador se negó a firmar de recibido el aviso de rescisión de la relación laboral, aunque agregue que lo recibió, conforme al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, no lo exime de acudir ante la Junta para que notifique al trabajador el citado aviso, pues ello es necesario para tener la certeza jurídica de que el operario conoció plenamente de las causas por las cuales se determinó la rescisión. NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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