IUSera
Registro digital 160939 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.992 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

COMODATO SOBRE UN BIEN INDIVISO. EL COMODANTE DEBE TENER LA AUTORIZACIÓN Y CONSENTIMIENTO DE TODOS LOS COPROPIETARIOS, PORQUE SE TRATA DE UN DERECHO PERSONAL SOBRE UNA COSA COMÚN.

Civil y Familiar
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Texto de la tesis

Conforme al artículo 950 del Código Civil para el Distrito Federal, cuando se trate de bienes indivisos cada propietario podrá enajenar, hipotecar o ceder la parte alícuota que le corresponda, y puede designar a otra persona para su aprovechamiento, en cuanto a los frutos y utilidades que produzca su parte alícuota, sin necesidad de consentimiento de los demás copropietarios; salvo cuando se trate de un derecho personal, lo que implica que aunque el condueño pueda disponer libremente de la parte alícuota que le corresponda, así como de sus frutos y utilidades, necesita de autorización de los d...

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