IUSera
Registro digital 160924 · Jurisprudencia · 10a. Época · P./J. 51/2011 (9a.) · Pleno

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL DECRETO NÚMERO 525 PUBLICADO EL 5 DE DICIEMBRE DE 2007 EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE MORELOS, MEDIANTE EL CUAL SE REFORMÓ EL ARTÍCULO 32 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ESA ENTIDAD, CONSTITUYE UN NUEVO ACTO LEGISLATIVO PARA EFECTOS DE LA OPORTUNIDAD DE SU IMPUGNACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien es cierto que el referido precepto ya regulaba, en su texto anterior a la entrada en vigor del citado decreto, que ante la falta de aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de un Ayuntamiento serían aplicables los aprobados para el ejercicio fiscal anterior hasta en tanto no se aprobaren los correspondientes, también lo es que la reforma al artículo 32 de la Constitución Política del Estado de Morelos resulta ser de naturaleza esencial, en tanto que modificó sustancialmente su contenido y, por ende, constituye un nuevo acto legislativo, cuya impugnación resulta opo...

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