IUSera
Registro digital 160923 · Jurisprudencia · 10a. Época · P./J. 42/2011 (9a.) · Pleno

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL PROCESO LEGISLATIVO DE UNA NORMA IMPUGNADA NO PUEDE CALIFICARSE DE HECHO NUEVO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El proceso legislativo correspondiente a la aprobación de una norma legal impugnada por un Municipio en la demanda de controversia constitucional no puede ser técnicamente calificado como hecho "nuevo", esto es, como hecho cuya existencia se desconoce al interponerla, por lo que las alegaciones que quieran hacerse respecto del mencionado proceso deben incluirse oportunamente en el escrito inicial. Lo anterior es así puesto que, cuando un Municipio interpone una controversia constitucional, tiene conocimiento de que las normas que impugna son fruto de un proceso legislativo que derivó en su apr...

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