IUSera
Registro digital 160901 · Tesis aislada · 10a. Época · P. LIV/2011 (9a.) · Pleno

DEPÓSITOS EN EFECTIVO. EL ARTÍCULO 3, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, AL PREVER QUE EL TITULAR REGISTRADO DE LA CUENTA PODRÁ SOLICITAR QUE EL GRAVAMEN SE DISTRIBUYA ENTRE SUS COTITULARES, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE OCTUBRE DE 2007).

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El citado precepto regula el supuesto en que una cuenta abierta en el sistema financiero tenga pluralidad de titulares y, en esos casos, señala que el depósito se atribuye únicamente al titular registrado de aquélla quien, no obstante, podrá solicitar por escrito a la institución que el impuesto se distribuya entre las personas que aparezcan en el contrato como sus cotitulares y que tal distribución se haga en la proporción que se señale en el escrito mencionado. Ahora bien, si de tal regulación se advierte que la causación del impuesto corresponde al titular registrado de la cuenta, siendo qu...

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