DERECHOS POR DESCARGAS DE AGUA A LA RED DE DRENAJE. EL ARTÍCULO 265, FRACCIÓN I, ÚLTIMO RENGLÓN DE LA TABLA CORRESPONDIENTE, DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL, AL ESTABLECER LA TARIFA RESPECTIVA SIN QUE GUARDE RELACIÓN CON EL SERVICIO PRESTADO NI CUENTE CON UNA VINCULACIÓN DIRECTA Y RAZONABLE CON EL BENEFICIO OBTENIDO POR LOS PARTICULARES, VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010).
Texto de la tesis
El artículo 265, fracción I, último renglón de la tabla correspondiente, del Código Fiscal del Distrito Federal vigente en 2010 dispone que por la descarga a la red de drenaje de agua provenientes de una fuente diversa a la red de suministro local, deberá pagarse un derecho para la conservación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica destinada a las descargas, así como a la conducción de éstas y, específicamente, en el caso de que la fuente de abastecimiento cuente con medidor, el monto de la contribución se calculará tomando como base el 80% del volumen del agua extraída al que, cuan...
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