IUSera
Registro digital 160863 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.(I Región) 9 A (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. EL ARTÍCULO 5, FRACCIÓN V, PÁRRAFOS TERCERO A QUINTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA LA GARANTÍA DE LEGALIDAD TRIBUTARIA, PORQUE EL CONTRIBUYENTE CONOCE, SIN NECESIDAD DE ACUDIR A OTROS PRECEPTOS, CUÁLES SON LAS RESERVAS MATEMÁTICAS CUYA DISMINUCIÓN CONSTITUYE UN INGRESO GRAVABLE PARA EFECTOS DE DICHA CONTRIBUCIÓN.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El artículo 5, fracción V, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única prevé una de las hipótesis de deducción autorizadas, refiriéndose específicamente a la creación o incremento de las reservas matemáticas de conformidad con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para: seguros de vida, pensiones y terremoto u otros considerados como catastróficos o especiales. Asimismo, los párrafos tercero a quinto de la citada fracción establecen que las instituciones de seguros autorizadas deberán observar lo siguiente: a) Podrán deducir la creación o incremento de las re...

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