IUSera
Registro digital 160829 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.P.45 K (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUZGADOS DE DISTRITO AUXILIARES. DEBEN ABSTENERSE DE RESOLVER LOS JUICIOS DE AMPARO ENVIADOS POR LOS JUZGADOS AUXILIADOS CUANDO LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑEN LAS AUTORIDADES RESPONSABLES PARA JUSTIFICAR EL ACTO RECLAMADO CAREZCAN DE CERTIFICACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La falta de certificación de los documentos que acompañen las autoridades responsables para justificar el acto reclamado, imposibilita resolver el juicio de amparo, por lo que los Jueces de Distrito auxiliares no deben resolver los amparos que les envíen los Jueces de Distrito auxiliados, sino que en estos casos, en aras de cumplir con el principio de justicia pronta que consagra el numeral 17 de la Constitución Federal, deben abstenerse de dictar la sentencia al no estar debidamente integrado el juicio de garantías y devolver el expediente al juzgador que se auxilia para que recabe las consta...

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