ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. EL ARTÍCULO 2O., FRACCIÓN XII, DE LA LEY RELATIVA, NO GENERA INSEGURIDAD JURÍDICA AL NO CONOCERSE, DE ANTEMANO, CUÁL SERÁ EL PRECIO CONVENIENTE EN UNA LICITACIÓN PÚBLICA.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las licitaciones públicas se convoca a los participantes para que libremente presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. De ahí que sea una exigencia constitucional que ninguno de los participantes conozca, antes de la apertura de las proposiciones económicas, cuáles son los precios ofertados por los licitantes y,...
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