IUSera
Registro digital 160686 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCXXVIII/2011 (9a.) · Primera Sala

EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. EL ARTÍCULO 21 DEL CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, NO VIOLA ESE PRINCIPIO.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el principio de exacta aplicación de la ley penal obliga al legislador a describir con claridad y precisión el hecho o la conducta considerada delictiva y le prohíbe al juez imponer penas que no estén establecidas por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate. En ese sentido, el artículo 21 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, al establecer con claridad y precisión que son responsables de la comisión de un delito, quienes: I. Toman parte en su concepción, preparación o ejecución, esto es,...

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