IUSera
Registro digital 160678 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.1o.(VIII Región) 4 P (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES QUE PREVÉN LA PRESENCIA E INTERVENCIÓN DE SUS REPRESENTANTES EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O JURISDICCIONAL CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS DE DEBIDO PROCESO Y DEFENSA ADECUADA PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 18, PÁRRAFO SEXTO Y 20, APARTADO A, FRACCIÓN IX, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE JUNIO DE 2008 (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 21, 22, 407, 418, 419, 444 y 445 del Código Civil para el Estado de Chiapas, los menores no emancipados tienen limitada la capacidad de ejercicio, por lo que están sujetos a la patria potestad o a la tutela. En virtud de estas instituciones, los niños y adolescentes deben ser representados o asistidos en la realización de actos jurídicos por personas capaces (ascendientes o tutores), a fin de suplir las limitaciones inherentes a su calidad de personas en desarrollo. Así, para que los menores puedan ser sometidos válidamente a algún procedimiento administrativo...

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