IUSera
Registro digital 160672 · Tesis aislada · 10a. Época · III.5o.C.185 C (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PAGARÉ. NO PUEDE OPONERSE LA EXCEPCIÓN DE PAGO AL ENDOSATARIO EN PROPIEDAD SI ESTE ÚLTIMO NO CONSTA EN EL TÍTULO.

Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El pago efectuado antes del vencimiento del título de crédito al tenedor original y previo al endoso en propiedad que éste realice, no incide en el derecho cambiario que haga valer el endosatario contra el suscriptor, habida cuenta que, por una parte, conforme al artículo 34 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el endoso en propiedad transmite al endosatario, con plenitud jurídica, todos los derechos inherentes al documento, volviéndolo invulnerable a las excepciones personales oponibles a sus antecesores, por tratarse de un tercero de buena fe; por otro lado, atento a las ca...

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