IUSera
Registro digital 160656 · Tesis aislada · 10a. Época · III.3o.(III Región) 26 L (9a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

RECONSIDERACIÓN. ES OPTATIVO PARA EL TRABAJADOR AGOTAR DICHO RECURSO CONTRA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN MIXTA DE ESCALAFÓN SOBRE LA ASIGNACIÓN DE UNA PLAZA VACANTE SUJETA A CONCURSO DEL PERSONAL DE BASE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 78 y 79 del Reglamento de la Ley de Escalafón del Departamento de Educación Pública del Estado de Jalisco prevén que los trabajadores inconformes con un dictamen escalafonario podrán pedir un nuevo estudio del mismo ante la Comisión Mixta de Escalafón, señalando el último dispositivo que la reconsideración "deberá" solicitarse dentro de los quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se comunique a los interesados el dictamen; empero, no es factible asumir una interpretación aislada de este último precepto, sino que es preciso atender integralmente a las disposicione...

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