IUSera
Registro digital 160642 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCXI/2011 (9a.) · Primera Sala

SECUESTRO EXPRESS. EL AUMENTO DE LA PENA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 163 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL CONSTITUYE UNA MEDIDA LEGISLATIVA IDÓNEA DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN SENTIDO AMPLIO.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El aumento de la pena para el delito de secuestro express hasta situarla en un rango de veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa es una medida idónea para alcanzar la prevención del delito y la protección de la libertad ambulatoria. Para que la pena determinada por el legislador supere esta grada del principio de proporcionalidad no es necesario que se trate de la medida más idónea para ese efecto. El subprincipio de idoneidad se traduce en este caso en un criterio negativo, orientado exclusivamente a censurar las medidas que sean manifiestamente inadecuadas para...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.