SUSTITUCIÓN DE TESTIGOS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. SÓLO PROCEDE CUANDO LA PRUEBA FUE ADMITIDA.
Texto de la tesis
En el juicio de amparo indirecto existe la posibilidad de ofrecer la prueba de testigos. Lógicamente, para que el juzgador esté en aptitud de valorar dicha prueba, debió ser previamente admitida. Ahora bien, una vez admitida puede presentarse alguna circunstancia material que impida la declaración de los testigos. En ese caso, el oferente puede proponer la sustitución de los mismos. Dicha figura, aunque no está expresamente prevista en la Ley de Amparo, no es contraria a dicho ordenamiento, toda vez que busca respetar la garantía de defensa de las partes, al otorgarles la posibilidad de cambia...
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