IUSera
Registro digital 160568 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 166/2011 (9a.) · Segunda Sala

EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS. ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO CONTRA LOS EFECTOS DE LA ORDEN DE BAJA DEL ACTIVO Y ALTA EN SITUACIÓN DE RETIRO POR LLEGAR A LA EDAD LÍMITE QUE FIJA EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

No procede conceder la suspensión en contra de los efectos de la orden de baja del activo y alta en situación de retiro de un militar por llegar a la edad límite, consistentes en: a) la cesación de la prestación de sus servicios al Ejército Mexicano y, b) la cesación de percibir el haber correspondiente y demás beneficios económicos, en virtud de haberse consumado la orden de baja del activo y haber causado alta en situación de retiro, con la cual se producen los efectos precisados; por tanto, para que puedan gozar nuevamente de sus haberes y seguir prestando sus servicios dentro de las Fuerza...

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